OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS

 

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Respetar las instalaciones de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo, evitando que se causen desperfectos.


- Mantener en buen estado de conservación su piso, local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen al resto de los propietarios.


- Consentir en su propiedad las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en el las servidumbres imprescindibles requeridas.


- Permitir la entrada en su piso o local a efectos de realizar las reparaciones requeridas en los apartados anteriores.


- Contribuir a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, de acuerdo a la cuota de participación establecida.


- Contribuir, de acuerdo a la cuota de participación, al fondo de reserva de la comunidad. Con este fondo la comunidad podrá contratar un seguro que cubra los daños causados en la finca.


- Observar la diligencia debida en el uso del inmueble y en sus relaciones con los demás titulares respondiendo ante éstos de las infracciones cometidas y de los daños causados.


- Comunicar al Secretario de la comunidad el domicilio a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole. En defecto de esta comunicación se considerará como tal el piso o local perteneciente a la comunidad.


- Comunicar al Secretario de la comunidad el cambio de titularidad de la vivienda o local. quien incumpliere esta obligación seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas después de la transmisión de forma solidaria con el nuevo propietario.


Se considerarán como gastos generales aquellos que no sean imputables a uno o varios pisos o locales, sin que la no utilización de un servicio exima del cumplimiento de las obligaciones correspondiente